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jueves, 04 de octubre de 2007
La UE no gravará las cámaras fotográficas que capturen vídeo por debajo de 800 x 600 píxeles
Los principales fabricantes japoneses del sector han logrado finalmente suavizar el impacto de los impuestos aduaneros que la Unión Europea planeaba imponer a las cámaras fotográficas que graban vídeo. Tal y como pretendían, para que un dispositivo sea considerado videocámara y, por ende, esté sujeto a una tasa del 4,9%, deberá capturar vídeo con una resolución mínima de 800 x 600 píxeles, entre otros requisitos.
Redacción.- El incongruente debate conceptual en torno a cuál es la frontera que separa una cámara fotográfica de una de vídeo ya ha sido dirimido por la Unión Europea. El resultado favorece a los principales fabricantes japoneses del sector fotográfico agrupados en la CIPA (Camera and Imaging Products Association), que han logrado convencer a las autoridades aduaneras del viejo continente para que adopten algunos de los criterios que defendían.

Tal y como señala la asociación, las acciones estratégicas y proactivas que la CIPA inició el pasado mes de julio, y de las que QUESABESDE.COM ya informó, han desembocado en una redefinición del concepto de videocámara más acorde con sus intereses.

Así, la Unión Europea determina finalmente que todo dispositivo capaz de grabar imágenes en movimiento con una resolución mínima de 800 x 600 píxeles, en secuencias continuas de al menos 30 minutos y a una velocidad de 23 cuadros por segundo (o más) será considerado videocámara. En consecuencia, estará gravado con una tasa retroactiva a los últimos 3 años del 4,9%.

Éxito relativo

Estos resultados suponen un éxito para la CIPA, ya que logra "eliminar virtualmente" la carga impositiva a la mayoría de sus productos comercializados en Europa desde 2004. Y es que apenas "unas pocas" de sus cámaras cumplen simultáneamente los tres requisitos.

Consideradas "cámaras digitales" por la UE, éstas están exentas de tasas desde 1996 en virtud del acuerdo ITA (Information Technology Agreement).

Cabe recordar que las autoridades europeas planeaban reclasificar como videocámaras todas las cámaras digitales que pudieran capturar vídeo con una resolución mínima de 640 x 480 píxeles y durante largas secuencias, entre otras características. Así lo recogía un documento de trabajo al que QUESABESDE.COM tuvo acceso.

Sin embargo, en el plano de la duración de las secuencias de grabación, la CIPA no ha logrado imponer su criterio, ya que promulgaba una hora de captura como baremo de diferenciación.

A pesar de los resultados, la asociación de fabricantes japoneses considera que la clasificación "arbitraria y unilateral" de las tasas que ha ejecutado la Unión Europea supone una violación del acuerdo ITA, por lo que se mantendrán vigilantes para que una acción similar no afecte a otros productos.

Más información acerca de esta noticia:

     - Nota de prensa de la CIPA (formato PDF)


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